
Hasta el 15 de enero se pueden enviar comentarios al primer borrador de la Ordenanza de Transparencia de la Ciudad de Madrid. Este borrador es una primera propuesta que pretende enriquecerse a través de distintas vías de participación y diálogo con los grupos políticos y la sociedad civil. La Ordenanza de Transparencia tiene dos objetivos fundamentales:
- Establecer un sistema de transparencia eficiente y sostenible, apostando por la publicación proactiva y un sistema de acceso sencillo y rápido de manera que todo ciudadano/a pueda plantear consultas al ayuntamiento.
- Asegurar la trazabilidad de las decisiones públicas a través de la publicación de la máxima información, pero también de los actores que han participado en la toma de decisión. De esta forma se asegura la rendición de cuentas municipal y también la huella legislativa de la normativa emanada del ayuntamiento, evitando posibles conflictos de interés y previniendo la corrupción, especialmente en materia de contratos públicos. En este sentido, el borrador establece la publicación de las licitaciones, su importe, identidad del adjudicatario, y otras eventualidades del contrato.
La Ordenanza desarrolla la ley estatal de transparencia (Ley 19/2013, de 9 de diciembre de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno), pero va más allá mejorándola y añadiendo la regulación de otras materias como son la reutilización de datos y la creación de un registro de lobbies.
El “Registro de lobbies”, que tendrá carácter de obligatorio y previo para todos los grupos de presión que quieran tener encuentros y reuniones con representantes municipales -concejales y cargos directivos-, recogerá la identidad del grupo de interés y de quien lo represente, así como “la actividad que realiza, su ámbito de interés y financiación”. Las reuniones que estos grupos mantengan con representantes locales, así como los principales documentos tratados, deberán ser publicados, tanto en la agenda del político como en el registro del lobby. Especialmente interesante es la posibilidad por parte de los madrileños de acceder a la documentación que se utilice en dichos encuentros.
A diferencia de la ley estatal, la ordenanza municipal incluye la posibilidad de sanción: la celebración de reuniones y encuentros con personas no inscritas en el Registro de lobbies comportará la declaración del incumplimiento de los representantes locales” u otros miembros de órganos municipales. En ese caso, la infracción será publicada en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid.
La presentación del borrador de la Ordenanza de Transparencia de la Ciudad de Madrid en la Comisión Ordinaria del Pleno por parte del delegado del área, Pablo Soto puedes consultarla en este Vídeo completo de la Comisión.
Aunque según la web del ayuntamiento de Madrid, es posible que se amplíe el plazo de alegaciones por la ciudadanía, los siguientes pasos fijados son los siguientes:
- 29/01/2016: Aprobación del Borrador Inicial de la Ordenanza de Transparencia de la Ciudad de Madrid.
- 29/01/2016: Apertura del trámite de alegaciones.
- 29/02/2016: Fin del plazo de presentación de alegaciones.
- 10/03/2016: Aprobación del Borrador Final de la Ordenanza de Transparencia de la Ciudad de Madrid y traslado al Pleno del Ayuntamiento.
Accede al Texto del borrador de la Ordenanza de Transparencia de la Ciudad de Madrid
Imagen: Palacio de Cristal, Parque El Retiro, Madrid. flirck.
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