
3 de mayo de 2021
California lidera en EEUU la responsabilidad climática con su proyecto de Ley de Responsabilidad Corporativa del Clima. (1) Si se promulga, a las grandes corporaciones que operan en el estado de California se les requeriría que divulguen sus emisiones de gases de efecto invernadero (GEI) a la Junta de Recursos del Aire del Estado de California (CARB) a partir de 2024. Las grandes corporaciones también deberían establecer y divulgar una ciencia objetivo de reducción de emisiones basado en el objetivo de reducir su huella de carbono, a partir de 2025.
Junto a ello, las divulgaciones requeridas abarcarían tanto las emisiones directas como las indirectas, incluidas las emisiones de Alcance 1, 2 y 3, lo que lo convierte en uno de los primeros esquemas de informes obligatorios que incluye la cadena de suministro, los desechos y otros tipos de emisiones indirectas de GEI.
El CARB tendría la tarea de desarrollar dos conjuntos de regulaciones que implementan tanto la divulgación de GEI como los requisitos de objetivos de la legislación propuesta. La ley también establecería un “panel de expertos” para asesorar a CARB sobre el desarrollo de reglas. La ley propuesta ayudaría a California a cumplir sus propios objetivos de reducción de GEI y también podría allanar el camino para que California logre el cumplimiento de las metas del Acuerdo de París.
Requisitos de divulgación de emisiones
El 1 de enero de 2023 o antes, se le exigirá a CARB que desarrolle y adopte regulaciones que requieran que una «entidad cubierta» (definida como una corporación nacional o extranjera que cotiza en bolsa con ingresos anuales superiores a mil millones de dólares que opera en California) verifique e informe anualmente a CARB de las emisiones de GEI directas e indirectas. Se requeriría que las entidades cubiertas presenten su primera divulgación pública anual el 1 de enero de 2024 o antes.
La propuesta impondría un enfoque de largo alcance y de tres niveles para la presentación de informes de GEI que requeriría la divulgación anual de prácticamente cualquier emisión de GEI que pudiera estar relacionada con una empresa determinada, incluidas:
(1) emisiones directas de fuentes que la corporación posee o controla directamente;
(2) emisiones indirectas de la electricidad comprada y utilizada por la corporación;
y (3) emisiones indirectas de actividades que la corporación no posee o controla directamente, incluidas «emisiones asociadas con la cadena de suministro de la compañía, viajes de negocios, viajes de empleados, adquisiciones, desechos y uso de agua».
Esas divulgaciones tendrían que ser verificadas independientemente por un auditor externo con experiencia en contabilidad de emisiones de GEI y estar disponibles para el público en línea.
Si bien algunas empresas, incluidas las generadoras de electricidad, los proveedores de combustible, y otras fuentes industriales, ya están sujetas a las regulaciones ambientales de California que exigen la presentación de informes de GEI de sus procesos, los requisitos de presentación de informes según el nuevo proyecto de ley ampliarían enormemente el alcance de los informes de emisiones y presumiblemente requerirán el desarrollo de formas innovadoras, pero estandarizadas, de contabilizar las emisiones indirectas a las que apunta el proyecto de ley.
Además del requisito de divulgación, el proyecto de ley exigiría que cada corporación cubierta estableciera un objetivo de reducción de emisiones «basado en la ciencia» «en línea con la escala de reducciones requerida para mantener el calentamiento global en o por debajo de 1,5 ° C por encima de los niveles preindustriales».
Panel de expertos
Antes de adoptar el conjunto de regulaciones anterior, la legislación requeriría que CARB convoque y consulte a un panel de expertos en ciencia climática y contabilidad corporativa de emisiones de carbono, así como a representantes de agencias estatales relevantes, partes interesadas de interés público y entidades cubiertas que sean “líderes ”en la recopilación, presentación de informes y establecimiento de objetivos para reducir su huella de carbono. El panel tendría la tarea de desarrollar estándares y protocolos para recopilar datos sobre emisiones de alcance 3 y establecer objetivos de emisiones con base científica.
Aunque algunas corporaciones más grandes ya han optado por un esquema voluntario de divulgación climática, operar bajo un esquema de cumplimiento obligatorio presentará nuevos riesgos técnicos, legales y de reputación para todas las corporaciones dentro del alcance de la SB 260, incluso para aquellas compañías que ya tienen medidas de reporte de GEI implementadas.
(1) Proyecto de Ley del Senado de California (SB) 260.
Deja una respuesta