
11 de mayo de 2020
El pasado 29 de abril de 2020, el Comisario Europeo de Justicia, Didier Reynders, anunció que la Comisión se comprometerá a introducir reglas para la debida diligencia obligatoria corporativa sobre el medio ambiente y los derechos humanos. El anuncio se produjo durante un evento de alto nivel, facilitado por el Grupo de Trabajo de la Unión Europea sobre la Conducta Empresarial Responsable, durante lo cual el Consejero presentó las conclusiones del estudio de la Comisión sobre las opciones para regular los requerimientos de debida diligencia. El webinar esta disponible aquí.
Esta normativa exigirá a las empresas el respeto de los derechos humanos y la prevención de daños ambientales a lo largo de su cadena de suministro y en sus relaciones comerciales, estableciendo sanciones a las empresas que no aborden los riesgos en derechos humanos y para el medioambiente.
El compromiso de la Comisión es crítico para avanzar hacia la rendición de cuentas corporativa de las empresas de la UE y supone en tiempos de crisis una señal importante de que el estímulo económico tiene que construirse sobre los cimientos del respeto a los derechos humanos y la sostenibilidad.
Como ya comentamos en Agora, el 16 de julio de 2019, el grupo de trabajo intergubernamental de composición abierta sobre empresas transnacionales y otras empresas comerciales (Open-ended Inter-governmental Working Group for the elaboration of an International Legally Binding Instrument on Transnational Corporations and other Business Enterprises) con respecto a los derechos humanos publicó un proyecto revisado de tratado sobre empresas y derechos humanos. Este era el segundo borrador publicado por el grupo de trabajo y suponía una mejora significativa con respecto al primero, publicado en 2018.
El impulso de la UE, la mayor economía del mundo, será clave para influir y dar forma a una regulación justa del mercado global, basada en los derechos humanos y la sostenibilidad.
A juicio de Amnistía Internacional, para que la futura legislación sea relevante y eficaz es necesario:
– Que la legislación se aplique a todas las empresas domiciliadas, que operen o que ofrezcan servicios en la Unión Europea, independientemente de su tamaño, de su sector o del lugar que ocupen en la cadena de suministro;
– Que imponga una obligación ejecutable de las empresas de respetar los derechos humanos y el medioambiente, incluyendo la obligación de llevar a cabo debida diligencia para prevenir daños. Esto incluye la obligación de las empresas de tomar las medidas necesarias para asegurar el respeto a los derechos humanos y el medioambiente en su cadena de suministro y en sus relaciones comerciales;
– Que establezca la responsabilidad corporativa del daño causado a los derechos humanos y el medioambiente;
– Que asegure el acceso al remedio;
– Que dote a las autoridades de instrumentos eficaces que aseguren el cumplimiento, incluyendo la imposición de sanciones.
La legislación sobre responsabilidad empresarial será un instrumento importante para poner en práctica los Principios Rectores sobre Empresas y Derechos Humanos de las Naciones Unidas (Principios Rectores) que la UE y los Estados Miembros han apoyado. La legislación debería ir acompañada de medidas adicionales, como alinear la diplomacia económica de la UE, su política comercial y de inversiones y los paquetes de estímulo económico a los Principios Rectores, fortalecer la capacidad de las empresas de llevar a cabo la debida diligencia y mejorar el acceso al remedio para las víctimas.
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