
Las grandes empresas tendrán que incorporar en sus cuentas anuales un “estado de información no financiera” en el que incluirán el impacto medioambiental y social de su actividad, según el proyecto de ley aprobado hoy por la Comisión de Economía y Empresa del Congreso de los Diputados.
El texto ha sido aprobado con 36 votos a favor y una abstención, la de Esquerra Republicana de Cataluña (ERC), con la inclusión de las enmiendas transaccionales con el apoyo de todos los grupos menos el Grupo Popular. Las enmiendas de Ciudadanos y el Grupo Mixto han sido rechazadas y Unidos Podemos ha decidido retirar las suyas.
Este proyecto de ley, que supone una modificación del Código de Comercio, la Ley de Sociedades de Capital, la Ley de Auditoría de Cuentas, Ley de instituciones de inversión colectiva, y la Ley de servicios de pago, es el producto de la transposición de la directiva europea 2014/05/UE al ordenamiento español y será sometido a debate en el Senado para su aprobación.
Estarán obligadas a aportar esta información las sociedades anónimas, las sociedades de responsabilidad limitada y las comanditarias por acciones que tengan la condición de entidades de interés público con más de 500 trabajadores o sean consideradas empresas grandes por su cifra de negocios, activo o empleados; mientras que las pequeñas y medianas (pymes) quedan eximidas. Mientras que las empresas con más de 250 empleados, tendrán un plazo de aplicación progresivo de tres años a partir del vigente ejercicio; aquellas compañías con más de 500 personas trabajando, y con una facturación de 40 millones de euros, deberán aplicarla ya para el ejercicio 2018, ya que a ellas se limitaba el ámbito de aplicación a su llegada a la Cámara Baja.
Las empresas tendrán que basar su información en estándares internacionales para que sea “comparable y verificable”, y el informe deberá publicarse de forma gratuita y «fácilmente accesible» en la web de la sociedad en los primeros seis meses de la finalización del ejercicio, donde deberán permanecer al menos cinco años.
Entre los datos que deberá incluir la empresa se encuentra el número total de empleados, con su distribución entre indefinidos y temporales, contratos a tiempo parcial, sus remuneraciones medias y su evolución, desagregados por sexo, edad y clasificación profesional o igual valor, y la remuneración media de consejeros y directivos, incluyendo la retribución variable, dietas, y planes de pensiones.
También deberán informar sobre cuestiones relativas a la organización del trabajo, tales como el número de horas de absentismo y medidas para facilitar la conciliación, frecuencia de accidentes de trabajo, políticas de accesibilidad, de formación o dirigidas a promover la igualdad de trato y oportunidades entre mujeres y hombres.
Se incluirán también los beneficios obtenidos país por país, los impuestos abonados sobre beneficios pagados y las subvenciones públicas recibidas, la política de subcontrataciones y medidas adoptadas para prevenir la corrupción, el soborno y el blanqueo de capitales. Esta información, según recoge la ley, deberá ser «verificada por un prestador independiente de servicios de verificación».
Se prevé la posibilidad de un desarrollo reglamentario de la norma donde se establezcan «indicadores clave para cada materia del estado de información no financiera» y donde podría incluirse un régimen sancionador, ya que la trasposición de esta directiva no incluye ningún artículo para reflejar las consecuencias del incumplimiento de lo establecido en la norma.
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