
Esta semana han copado los titulares de prensa las supuestas denuncias de abusos sexuales de una testigo protegida hacia jugadores de fútbol y su relación con una red de trata de mujeres.
No olvidemos que España figura, según Naciones Unidas, entre los principales países de destino de la trata, sobre todo de mujeres con fines de explotación sexual, aunque también destaca su condición de país de tránsito. Se desconoce sin embargo, el verdadero alcance del problema debido a la falta generalizada de datos ya que no existen estadísticas oficiales anuales sobre el número de víctimas desglosadas por género, edad, nacionalidad, etc.
En España, el 39% de los hombres confiesa haber pagado por sexo según datos de Naciones Unidas y el 80% de las personas en situación de prostitución son o han sido víctimas de trata según datos de APRAMP. A estos datos hay que añadir que es en el año 2010 cuando España tipifica como delito la trata de seres humanos y se ratifican diversos tratados internacionales en los que los Estados se comprometen a poner a la víctima en el centro de actuación y un año más tarde, en 2011 se aprueba la Directiva Europea contra la Trata (2011/36/EU).
La trata de mujeres, hombres, niños y niñas, con fines de explotación sexual es una forma de violencia extrema, que vulnera los Derechos Humanos y que debe ser abordada adecuadamente, con cautela en la identificación y en las medidas de protección a las víctimas de trata y contundencia en su respuesta jurídica y policial. La superposición además, de la prostitución con la trata de seres humanos, con la migración, la llegada de las personas refugiadas, la vulnerabilidad económica, y la especial agresividad de las bandas criminales, acentúa la situación de peligro de las víctimas y convoca para su solución a instituciones y autoridades nacionales e internacionales.
Aunque no entraremos aquí en el debate sobre el abolicionismo o no de la prostitución, conviene recordar iniciativas como la legislación sueca, que penaliza a los que compran servicios sexuales, y que como efecto más inmediato, sirvió para cambiar las actitudes sociales con el fin de reducir la demanda de los servicios de las víctimas de trata de personas.
Sus efectos reales también se han hecho sentir en este país. El tráfico de personas ha disminuido en Suecia, al igual que en Noruega, que emulando el caso sueco, promulgó en su ley de sexo con opción de compra, evaluando sus resultados en 2014, y mostrando entre otras cosas que la demanda de prostitutas se había reducido significativamente. (Sobre un estudio de la legislación en esta materia véase www.scottish.parliament.uk)
No obstante, el problema tiene mayores dimensiones. Al ser una actividad muy lucrativa, mayores y más poderosos serán los actores que la apoyen: el lobby que se lucra con esta actividad está situado en las alturas de la pirámide de la estructura social. De ahí que el número de condenas por tráfico de personas y proxenetismo se mantenga baja.
Un reciente informe sobre la trata de seres humanos en Europa señala un subregistro de la delincuencia e indica un pobre historial de identificación de las víctimas de la trata de todos los géneros. El problema principal parece ser la falta de voluntad política; sólo hace falta atender a la escasa presencia de este tema en el debate político.
De ahí que se haga más patente la necesidad de la colaboración privada y la implicación empresarial. Veamos aquí algunos aspectos desde el punto de vista de la RSC.
Desde el punto de vista legal, las personas que están inmersas en la prostitución necesitan una mayor protección. En el caso de las víctimas de trata, es necesaria la activación de un protocolo especial de protección debido a la especial vulnerabilidad que sufren por el miedo a las coacciones y agresiones por parte de las mafias y porque se sienten estigmatizadas y perciben que su palabra no va a tener legitimidad y valor.
La primera y más importante, la seguridad de la confidente y la responsabilidad social de los medios de comunicación. Las filtraciones de sumarios secretos, por parte de los medios de comunicación pueden suponer no sólo una injerencia en la viabilidad de la investigación sino sobre todo, pueden poner en peligro a las víctimas, en situaciones de especial vulnerabilidad, aumentando los riesgos para su integridad. La relatividad de su valor informativo – con su coincidencia u oportunismo con la Eurocopa – frente al éxito de operaciones policiales de esta envergadura y a la seguridad de la víctima, parecen claros.
En segundo lugar, una reducción de la demanda de la trata de seres humanos y de servicios sexuales se puede lograr a través de la legislación penal, desplazando la carga de culpabilidad desde las personas objeto de la trata a los que compran los servicios sexuales y comercializan con ellos.
Pero también existen buenas muestras de las aportaciones que el sector privado puede hacer para combatir esta lacra y tanto en el lado preventivo, el represivo como el reparador. Desde la primera perspectiva, una buena muestra es el acuerdo entre empresas turísticas en la prevención del turismo sexual.
Desde el lado preventivo, la función de los interlocutores sociales, los empleadores y los intermediarios del mercado de trabajo es clave. La búsqueda de mejores condiciones laborales está en muchas ocasiones, detrás del tráfico sexual y la explotación de personas. El último informe de Eurofound muestra que la trata con fines de explotación laboral en Europa existe y que según Eurostat, el 19% de las víctimas identificadas se presume que tienen por fin la explotación sexual.
Una mayor coordinación entre agentes sociales y organizaciones de empleadores e intermediarios tal como se apuntaba en la estrategia europea para la erradicación de la trata de personas 2012-2016 (COM 2012)286 final), una mejor canalización de ofertas de empleo, de transparencia en la oferta del mercado de trabajo y de mecanismos efectivos de denuncias, ayudarán a cubrir esta laguna en la legislación social comunitaria.
Desde el lado represivo, aunque se trata siempre de conductas ocultas, cuando se visibilice algún tipo de conducta delictiva, deben establecerse sanciones a nivel corporativo para aquellos que contribuyen a estas prácticas. El código ético de la NBA y su código para proveedores son buenos ejemplos.
Finalmente, en la reparación de la víctima, una atención integral reclama no sólo la adecuada transposición de la Directiva Europea relativa a la expedición de un permiso de residencia a nacionales de terceros países que sean víctimas de la trata que cooperen con las autoridades, y un acceso preferencial al trabajo para las víctimas. La cooperación empresarial aquí es clave, en coordinación con las autoridades nacionales.
Para concluir, una reflexión sobre la reprobación a personajes que son un referente (futbolistas o personajes públicos) para muchas personas y el ejemplo que dan comprando sexo, comprando el cuerpo de seres humanos para satisfacción propia porque son incapaces de mantener relaciones transparentes e igualitarias con otros seres humanos. Necesitan controlar, sentirse poderosos, tener en sus manos la vida de personas obligadas a eso. ¿Qué mensaje están enviando a sus fans, a tantas niñas y niños que los admiran? ¿Son éstos los referentes que queremos en nuestra sociedad?
Imagen: SlaveryFight blog