
El 15 de abril de 2014, el Parlamento Europeo aprobó la Directiva sobre información no financiera, con el fin de mejorar la transparencia de determinadas organizaciones en materia social y medioambiental. Con la entrada en vigor de esta Directiva, las empresas de más de 500 empleados estarán obligadas a divulgar información social y medioambiental pertinente y esencial en sus informes anuales al objeto de difundir información necesaria para entender la evolución, el comportamiento o la situación de la empresa.
La motivación para la elaboración de esta Directiva se hallaba en la constatada insuficiencia de la información no financiera presentada por las empresas tanto en calidad como en cantidad. Según los fundamentos de la propia propuesta, solo unas 2.500 grandes sociedades de la UE, de un total cercano a 42.000, divulgan formalmente información no financiera con periodicidad anual. Y en conjunto, la información divulgada por las sociedades no satisface adecuadamente las necesidades de los usuarios.
Precisamente, uno de los pilares sobre los que se ha asentado la RSC y la rendición de cuentas empresarial es la transparencia. Pero ¿está sobrevalorada la transparencia empresarial? ¿es posible una accountability efectiva solamente con transparencia?
La creación de incentivos para la oferta y la demanda de información financiera y no financiera por los grupos de interés descansa en tres pilares que se complementan y refuerzan:
• Marcos de información homologable para crear condiciones equitativas de competencia entre los informantes,
• Información en cantidad mínima y con materialidad suficiente para los grupos de interés,
• Un entorno atractivo para crear adhesiones crecientes por las propias empresas informantes.
Pese al aumento de la demanda de información no financiera, especialmente por grandes inversores, las ventajas que comportan la divulgación de datos no financieros se manifiestan a largo plazo y resultan difíciles de cuantificar con precisión, en tanto que los costes a corto plazo son más evidentes y fácilmente mensurables. En este sentido una opción de mejora interesante pasa por una de las tendencias que apunta el GRI en su informe «Sustainability and Reporting Trends in 2025«: las empresas tendrán que ser más claras en sus contribuciones a la mejora de la desigualdad, la reducción de los impactos al cambio climático, la protección de los ecosistemas o la implementación de planes regionales de desarrollo sostenible.
En segundo lugar, la hipótesis de que la transparencia aporta beneficios constatables para la causa de la RSE asume como premisas:
a. que la información es suficiente y material,
b. que los grupos de interés escrutan el contenido de la información,
c. que los grupos de interés son capaces de evaluar los datos y dotarse de una opinión informada de ellos.
Como ha puesto de manifiesto el Observatorio de RSC en sus análisis anuales de Memorias de Sostenibilidad de las empresas del IBEX 35, la información ofrecida por las empresas tiene en general, sesgos, es incompleta y ofrece una visión muy limitada de lo que debería ser la materialidad de la información. La evolución de la nueva versión del GRI hacia mayor materialidad es un avance, pero la nueva Directiva sobre información no financiera no solucionará este aspecto. Así, respecto a la información que se habrá de incluir, se informará sobre cuestiones medioambientales y sociales, así como relativas al personal, al respeto de los derechos humanos y a la lucha contra la corrupción y el cohecho. Dentro de estos ámbitos, la declaración debe incluir: i) una descripción de sus políticas, ii) resultados y iii) aspectos relacionados con el riesgo.
Sin embargo, el ámbito para la referencia del informe es tan amplio y de contenido tan laxo que muchos aspectos clave para la sostenibilidad quedarán fuera del análisis público. Por otra parte, y al objeto de dotar de “flexibilidad” a las empresas informantes, al facilitar esta información, las entidades pueden basarse en marcos nacionales, de la UE o internacionales, tales como el Pacto Mundial de las Naciones Unidas, los Principios Rectores sobre las empresas y los derechos humanos, las Líneas Directrices de la OCDE para Empresas Multinacionales, la norma ISO 26000, la Declaración tripartita de principios sobre las empresas multinacionales y la política social de la OIT, y la Iniciativa Mundial de Presentación de Informes, y ha de indicar en qué marco se basa.
Junto al carácter incompleto de estos estándares, hay que indicar que no son prescriptivos, y una entidad que no aplique una política específica en uno o varios de estos ámbitos únicamente deberá explicar el motivo.
Otra de las razones que no ayuda precisamente a la efectividad de la transparencia es que el alcance del escrutinio de los grupos de interés es limitado. En primer lugar, por una cuestión muy realista.
Grupos de interés como consumidores o proveedores, no suelen disponer del tiempo ni del entrenamiento suficientes para analizar y evaluar datos técnicos, complejos y en ocasiones presentados de forma poco atractiva. Y a ello hay que añadir su fragmentación; salvo contadas excepciones, la mayoría de los grupos de interés todavía siguen trabajando en compartimentos estancos que impiden valoraciones globales y con la coherencia que la RSC necesita.
Sin embargo, el valor de la información radica no ya en la información en sí misma, sino en los patrones que se establecen en la conexión entre piezas de datos, entre un individuo, entre individuos en relación con otros, entre grupos de personas o simplemente sobre la estructura de la información en sí misma (Crawford y Boyd, 2011).
En este sentido,
Los informes integrados representan una oportunidad para la sustitución del lenguaje financiero por un relato de creación de valor, integración de impactos sobre el capital social y natural de toda la cadena de valor y de todas las filiales.
Ello incluiría como imperativo para todas las empresas el reporte de una tributación como una entidad y no utilizando sus filiales para realizar precios de transferencia u otras prácticas fiscales poco cívicas, en línea con las recomendaciones de la Comisión independiente para la reforma de la fiscalidad corporativa internacional.
Por su parte, la digitalización de los informes, implica una información rápidamente actualizable, pero también volátil y difícilmente comparable.
Por último, la eficacia de las críticas, comentarios o valoraciones vertidas por estos grupos de interés sobre determinadas prácticas empresariales se ve tamizada por el “efecto halo” de comportamientos positivos de la empresa, donde ésta emplea más a fondo sus recursos de marketing y publicidad, lo que acaba traduciéndose en impactos reputacionales negativos más reducidos y en una menor discriminación por parte del consumidor y otros agentes económicos sobre una empresa particular y sus productos y servicios.
El big data
En este contexto, y partiendo de la transparencia, las potencialidades crecientes del big data y los datos abiertos,
¿es posible evolucionar desde una transparencia “pasiva” y unilateral hacia una transparencia “activa” e “interactiva” aplicada a la responsabilidad social corporativa?
La ciencia del big data se ha usado por gobiernos, corporaciones y organizaciones internacionales de desarrollo para identificar patrones que sirvan mejorar sus respectivos intereses.
El big data suele utilizarse para referirse a los grandes conjuntos de datos que tengan algún valor para las empresas, administraciones o usuarios en general. El tratamiento suele realizarse en tiempo real, utilizando tecnologías cada vez más potentes para la gestión de bases de datos, para la visualización y para el análisis. Los datos, en muchas ocasiones, se encuentran almacenados en la nube y son manipulados desde allí.
El big data ofrece una oportunidad para la mejora de decisiones aumentando la velocidad de análisis, permitiendo una respuesta más adaptada y centralizada en un público o problema objetivo y facilitando mayores oportunidades para la participación ciudadana a través de la promoción del conocimiento (Crawford et al., 2013).
Pues bien, los conceptos de big data y de open data aplicados a la responsabilidad social corporativa van más allá de la transparencia informativa, implicando la disponibilidad de los datos para todos sin restricciones de copyright, la reutilización de los datos por los grupos de interés y la creación de valor añadido, bien para ese grupo de interés o para los demás. El objetivo sería la accesibilidad y reutilización por los grupos de interés de estos datos para crear conocimiento accesible y permanente en aras de i) la fiscalización de la actividad empresarial, ii) el seguimiento de grupos de presión de todos los stakeholders, iii) su incidencia en la actividad legislativa y las políticas públicas.
Pero además, la incidencia de los datos abiertos aplicados a la RSE promueve una gobernanza bottom-up y top-down. Por un lado, se promueve la corresponsabilidad, esto es, el compromiso de los individuos y las comunidades sobre el uso de estos datos y la confianza y colaboración en la construcción de proyectos para la comunidad (Crawford et al., 2013). Por otro, la forma en la que los datos se proporcionen por las empresas, el discurso que sepan articular y su reutilización por una sociedad puede, a medio y largo plazo, reforzar la posición empresarial en el mercado.
Las organizaciones deben saber aprovechar este nuevo contexto. La transparencia será vital para acercarse a los clientes, y esto será posible con una buena estrategia para compartir y controlar los datos que se ofrezcan en abierto. Este proceso de apertura permitirá a las empresas conquistar a los clientes y generar más valor.
Desde el punto de vista de la sociedad, si se amplía el número de personas y entidades que tratan de mejorar la RSC a través de los datos, el resultado final es el aumento del compromiso, de la participación ciudadana y una mayor conciencia acerca de los servicios que proporcionan los Estados y los desafíos a los que se enfrenta.
La democracia cognitiva de la que hablaron Henry Farrell y Cosma Rohilla Shalizi, ampliará sin duda, de forma imperativa, el alcance y la materialidad de los informes de sostenibilidad.
Referencias bibliográficas.
Crawford, K., Faleiros G., Luers, A., Meier P., Perlich C. y Thorp J., Big Data, Communities and Ethical Resilience: A framework for Action, 2013.
Boyd, D. y Crawford, K., «Six Provocations for Big Data», September 2011.
(Este artículo es una versión modificada y actualizada del artículo «Big Data, hacia una RSC de datos» publicado en el Dossier de Economistas sin Fronteras «La RSC ante la crisis», junio 2014. Agradezco a ESF su cortesía por permitirme reproducir el artículo).
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