Recientemente, en el encuentro Bforplanet, centrado en el impulso de los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) celebrado en Barcelona, Teresa Rivera, ministra de Transición Ecológica y Reto Demográfico, reivindicaba la declaración de un nuevo derecho universal, el “derecho humano al futuro”.
La titular de Transición Ecológica pidió también a las naciones que “aborden con urgencia la declaración de este derecho, inherente a nuestra condición humana”, teniendo en cuenta que “las generaciones que aún no han nacido ya son un colectivo vulnerable”.
En este orden de ideas, un comité de juristas especializados en derecho penal internacional y derecho ambiental publicó el 22 de junio una definición legal de ecocidio, con el objetivo de modificar el Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional, que define los crímenes internacionales sobre los que la Corte tiene potestad jurisdiccional. El objetivo es sumar el daño ambiental al crimen de genocidio, los crímenes de lesa humanidad, los crímenes de guerra y el crimen de agresión y remediar la ausencia de un marco legal para enfrentar el ecocidio a nivel internacional, y así poder juzgar mejor los abusos, como la deforestación masiva o los derrames de petróleo.
Definición de Ecocidio
Por encargo de la asociación Stop Ecocide, los expertos como la francesa Valérie Cabanes o el abogado senegalés de la ONU, Dior Fall Sow definieron el ecocidio como » actos ilegales o arbitrarios cometidos conociendo la probabilidad real de que estos actos provoquen al medio ambiente daños graves, generalizados o duraderos”. Según esta definición, el ecocidio podría incluir la matanza de especies protegidas, los derrames masivos de petróleo, los accidentes nucleares y la deforestación de la selva amazónica, daños y abusos ambientales causados a los océanos o la grave contaminación del agua.
Durante seis meses, los expertos se basaron en textos filosóficos, religiosos, legales y jurisprudencia internacional para establecer una definición universal. Si finalmente se adoptase, el ecocidio se convertiría en el quinto delito perseguido por la CPI.
Según el presidente del panel de expertos, Philippe Sands, “Los otros cuatro delitos se centran exclusivamente en el bienestar de los seres humanos. Este, por supuesto, lo hace, pero introduce un nuevo enfoque no antropocéntrico, es decir, poner el medio ambiente en el corazón del derecho internacional, y por lo tanto, es original e innovador”.
Una definición que no existe a nivel internacional
Actualmente no existe un marco legal para perseguir el ecocidio a nivel internacional y, por lo tanto, no existe un sistema para responsabilizar a los representantes corporativos o gubernamentales por daños y abusos ambientales.
La inclusión del ecocidio en el derecho internacional permitiría llevar a los responsables ante la Corte Penal Internacional o en cualquier jurisdicción que lo haya ratificado.
Pero el proceso aún es incierto y puede llevar varios años. Para que el ecocidio sea un crimen internacional, debe pasar por un proceso de cuatro etapas.
- La primera es la propuesta: cualquier estado de los 123 Estados partes, que haya ratificado (aceptado oficialmente) el Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional (CPI) puede proponer una enmienda.
- La segunda etapa es la admisibilidad: esto requiere una mayoría de los presentes y votantes en la próxima asamblea anual de la CPI para acordar que la enmienda puede ser considerada.
- En la tercera etapa, deben votar a favor de la reforma una mayoría de dos tercios (82 países).
- Finalmente, cada país debe ratificarlo.
¿Por qué es importante una tipificación de ecocidio?
Las demandas ante Tribunales por casos de daños medioambientales se han sucedido en los últimos años. En Agora, publicamos dentro de la serie de Agora_Lab un especial sobre Justicia Climática donde se detallaban algunos de los casos que han supuesto un hito en el reconocimiento judicial del derecho humano al medio ambiente y a la prevención del cambio climático. No obstante, recordamos aquí algunos de ellos:
- En 2013 en los Países Bajos, la Fundación Urgenda demandó el gobierno en la que sería la primera demanda y fallo, por responsabilidad climática, «por no haber tomado las medidas suficientes para reducir las emisiones de gases de efecto invernadero que están provocando un peligroso cambio climático». El país se encontraba entonces entre los países más contaminantes de la Unión Europea. El 24 de junio de 2015, el Tribunal de Distrito de La Haya falló a favor de Urgenda, sentencia confirmada el 9 de octubre de 2018 por el Tribunal de Apelación de La Haya según el principio del deber de debida diligencia de un gobierno y en base a hechos constatados científicamente. El fallo: a finales de 2020, emisiones de CO2 de Holanda debían reducirse al menos un 25% frente a 1990.
- En Filipinas, en 2015, los supervivientes del tifón Haiyan y una coalición de ONG llevaron ante la Comisión de Derechos Humanos del país a 47 multinacionales (Shell, ExxonMobil, Chevron, etc.) para que abriera una investigación sobre las violaciones de derechos humanos vinculadas a los efectos del cambio climático y la acidificación de los océanos, así como el posible incumplimiento de las empresas más contaminantes de sus responsabilidades con el pueblo filipino.
- El 5 de abril de 2018 fue en Colombia donde la Corte Suprema falló a favor de 25 jóvenes que habían demandado al Estado por no garantizar sus derechos fundamentales a la vida y al medio ambiente: la Corte ordenó a los gobernadores de las distintas provincias y a los municipios la elaboración de un plan de acción para preservar el bosque al recordar el deber de proteger la naturaleza y el clima en nombre de generaciones actuales y futuras.
- En Francia, en febrero de este año, la justicia francesa condenó a la Administración del Estado por incumplir sus propios compromisos, tanto los internacionales como los nacionales, en materia de lucha contra el cambio climático.
- Por su pare, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos ordenó el 30 de noviembre a los gobiernos de 33 países europeos que respondan a una demanda histórica sobre cambio climático presentada por seis jóvenes activistas climáticos portugueses.
- El Tribunal Constitucional de Alemania dictaminó el jueves 29 de abril que la ley climática del gobierno alemán era en parte inconstitucional al imponer una carga injusta a las generaciones más jóvenes.
- Y más recientemente, el pasado mayo, la petrolera Royal Dutch Shell fue condenada por un tribunal holandés a reducir sus emisiones de gases de efecto invernadero en un 45% para 2030, según los niveles de 2019.
En definitiva,
Aunque todavía con resultados desiguales, la justicia climática avanza por todos los rincones geográficos. Aunque en algunos supuestos los argumentos todavía sean díficiles de evidenciar, y el resultado sea incierto, la cobertura mediática de los casos aumenta las posibilidades de sensibilización de la población para un problema que avanza mucho más rápidamente que la eficacia de la respuesta.
Y junto a ello, la presión política de un caso de éxito tiene un efecto cascada, un efecto multiplicador no sólo sobre estados sino otros medios de influencia política y legal.
Así, algunos países ya están comprometidos con el reconocimiento del ecocidio. El primero en haberlo criminalizado en su derecho fue Vietnam en 1990, tras la catástrofe del herbicida » Agente Naranja » y su empleo como arma de guerra por parte de Estados Unidos. Desde entonces, han seguido una decena de países más, como Rusia, Armenia o Georgia. En Europa, el ministro de Justicia belga Vincent Van Quickenborne está considerando la introducción del ecocidio en el derecho penal belga. En Francia, tras la propuesta de la Convención Ciudadana del Clima para crear un delito de ecocidio, finalmente el gobierno desistió de incluirlo como tal, aunque ha propuesto la creación de delito general de contaminación y un delito de poner en peligro el medio ambiente.
En cuanto a la definición legal de ecocidio que si bien puede resultar muy teórica y algo laxa, la base científica ayudará a aportar evidencias ante posibles daños medioambientales. Y en todo caso, hemos llegado a un punto en el que no sólo necesitamos medidas preventivas y de contención, sino de remedio y de responsabilización: los actos de destrucción medioambiental no pueden quedar impunes.
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